jueves, 25 de julio de 2019

LEY N° 1195 - Se aprueba la transferencia, a título gratuito, de un lote de terreno con una superficie total de 4.588,20 metros cuadrados (m²), de propiedad del GAM de Batallas

LEY N° 1195
LEY DE 24 DE JUNIO DE 2019
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente  Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO. De conformidad con el numeral 13 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la transferencia, a título gratuito, de un lote de terreno con una superficie total de 4.588,20 metros cuadrados (m²), de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Batallas, ubicado en la Zona Turística de Challapata, ex Feria de Ganados, del Municipio de Batallas, Provincia Los Andes del Departamento de La Paz, registrado en las oficinas de Derechos Reales del Departamento de La Paz, bajo el Folio Real con Matrícula Computarizada N° 2.12.3.01.0000182, cuyas colindancias son: Al Norte, con calle S/N; al Sur, con el Río Batallas; al Este, con un Área Deportiva; y al Oeste, con la calle Huarina; a favor de la Universidad Pública de El Alto – UPEA, con destino exclusivo para la Infraestructura de la Universidad  Pública de El Alto – UPEA, de conformidad  a la Ley Municipal Nº 129 de 6 de junio de 2018, promulgada el 1° de agosto de 2018 por el Gobierno Autónomo Municipal de Batallas.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los doce días del mes de junio del año dos mil diecinueve.
Fdo. Adriana Salvatierra Arriaza, Víctor Ezequiel Borda Belzu, Víctor Hugo Zamora Castedo, Eliana Mercier Herrera, Nelly Lenz Roso, Norman Lazarte Calizaya.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro  días del mes de junio del año dos mil diecinueve.

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Roberto Iván Aguilar Gómez.

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